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Pérdida de beneficios

Se considera pérdida de beneficios el beneficio neto (ganancia neta) y Lucro Cesante los gastos generales o fijos. El asegurador indemnizará al asegurado por la pérdida de rendimiento económico derivado del siniestro. Se cubren las pérdidas que se produzcan por la interrupción total o parcial del negocio como consecuencia de daños en el inmovilizado.

Garantías cubiertas:

  • Beneficios netos o brutos.
  • Gastos permanentes (alquileres, gastos bancarios, mantenimiento  y conservación de vehículos, viajes, honorarios abogados y administradores, sueldos y salarios, intereses de préstamos, etc).
  • Gastos extraordinarios necesarios y razonables en los que incurra el asegurado para evitar o reducir la disminución del volumen de negocio.
  • Volumen de negocio

Se excluyen:

  • Daños materiales a la propiedad
  • Pérdidas resultantes de los daños intencionados causados por el asegurado.
  • Pérdidas causadas por guerras, levantamientos populares u operaciones bélicas.
  • Pérdidas por los daños de descontaminación o localización de isótopos radiactivos.

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